LAS AGUAS RESIDUALES Y LAS CONSECUENCIAS EN EL PERÚ





BIBLIOGRAFIA:

* Saber y Hacer
 Revista de la Facultad de Ingeniería de la USIL
 Vol. 2, Nº 2. Segundo semestre 2015. pp. 09-25

https://www.pucp.edu.pe/climadecambios/noticias/la-situacion-de-las-aguas-residuales-en-lima/


PREGUNTAS:
1.- ¿Las descargas de aguas residuales industriales tratadas al alcantarillado debe ser autorizado por DIGESA.
2.- ¿Quién se encarga de autorizar el vertimiento y reuso de aguas residuales industriales tratadas?
3.- ¿Qué empresa deben gestionar su vertimiento cero de aguas residuales industriales?
4.-¿La DIGESA sigue teniendo la competencia de vigilar la calidad de los recursos agua, aire y suelo?
5.- ¿Dónde empieza el tramite de Autorización de Vertimientos, Vertimiento Cero o Reuso?


Comentarios

  1. 1.-No sino por la empresa responsable de administrar el alcantarillado en Lima es por SEDAPAL y provincia por EPS según la jurísdicción que corresponda.

    2.-La ANA previa Opinión Técnica de la DIGESA de acuerdo al Art. 79° de la Ley de Recurso Hídricos.

    3.-Las empresas que no realiza vertimiento de aguas residuales industriales a ningún recurso hídrico porque estas son recirculadas nuevamente al proceso industrial mediante un circuito cerrado.

    4.-Claro que sí de acuerdo a las funciones aprobadas en el inc. b del Art. 50° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud pero en la identificación de riesgos a la salud humana.

    5.-Se inicia ingresando el expediente técnico primero a la DIGESA para Opinión Técnica Favorable, la cual genera un informe de Opinión Técnica Favorable y con éste se solicitara la Autorización de Vertimientos ante el ANA.

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  2. NO HAY TRABAJO DE PROYECTO DE MEDIO AMBIENTE.
    Revisión del Proyecto de acuerdo a la estructura con su respectiva evidencias y enlazado en su blooger. Fecha: 16 de julio 2019 : Si no reune los requisitos no pasa a la exposición de evidencias.

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